Ámbito de la JCRMO

La Mancha Oriental se sitúa en el sureste de España. Su territorio está surcado por el río Júcar y sus afluentes: Cabriel, Balazote, Lezuza, Valdemembra, Ledaña y Cautabán. Abarca unos 9.962 km2 en las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha y Valencia, concretamente en las provincias de Albacete, Cuenca y Valencia. En este ámbito se encuentran nueve masas de agua subterráneas, considerándose el acuífero de la Mancha Oriental como uno de los acuíferos más importantes de la península ibérica tanto en extensión como en capacidad de reserva hídrica.

El 72% de la cuenca del Júcar se encuentra en Castilla La Mancha formando parte de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, definida por el RD 775/2015, de 28 de agosto[1]*, siendo la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) el órgano administrativo responsable de su gestión.

Según el artículo 3 de los Estatutos vigentes de la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental, aprobados por Resolución de presidencia de la CHJ de 11 de septiembre de 2017: “El ámbito territorial de la JCRMO coincide con la cuenca del Júcar, en las masas de agua subterránea de La Mancha Oriental y adyacentes, así como en las masas de agua superficial asociadas1.” -VER ENLACE-

 

[1] *Real Decreto 775/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos, y el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas. VER ENLACE-.

BOE 13-4-2013 RD 255-2013 de composición, estructura y  funcionamiento  del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y modificación de normas de su ámbito y constitución y de la CHJ. -VER ENLACE-.

Relación de masas de agua en el ámbito territorial de la JCRMO:

Integración

En el Plan Hidrológico del Júcar de 1998, en desarrollo de la Ley de Aguas, y resoluciones posteriores de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 1999, 2008 y 2016[1]  se estableció que todos los usuarios del agua de la Mancha Oriental deberían adscribirse obligatoriamente a la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental (JCRMO) siendo la única comunidad de usuarios que integra los diversos usos del agua de su ámbito con el fin de procurar una gestión coordinada de los recursos hídricos, siendo además requisito indispensable para la recepción de la sustitución de bombeos.

Los usuarios agrícolas de regadío que integran la Junta Central son Comunidades de Regantes, Sociedades Agrarias de Transformación, sociedades mercantiles y regantes individuales. A su vez, tanto los usuarios colectivos como los individuales pueden estar integrados por numerosos usuarios directos del agua que comparten la explotación de regadío. Así, según los datos que disponemos, el número de regantes integrados en la JCRMO está cercano a los 10.000 usuarios directos, al margen del abastecimiento a poblaciones. Así mismo integra otros usos como los de abastecimiento a población, industriales y recreativos

A 31 de diciembre de 2022, la JCRMO integra 129.3363 ha de regadío y superficie equivalente de otros usos distribuidas en 9.962,8 Km2 y 107 Municipios (Anexo Estatutos, pág. 44: 9 Masas de aguas subterráneas, 1 embalse, 3 lagos y 42 ríos o tramos de ríos). VER ENLACE-

[1] Mediante Resolución de presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 13 de diciembre de 2016 se ordenó la integración de todos los usuarios de aguas subterráneas y superficiales del ámbito de adscripción obligatorio de la JCRMO, según lo dispuesto en el artículo 81 y 87 del TRLA en relación con lo indicado en el artículo 41 del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (Anexo XI del Real Decreto 1/2016 de 8 de enero), (BOP de Cuenca, 20 de enero de 2017: Ver PDF y BOP de Albacete del 3 de febrero de 2017: Ver PDF ).