Admitido a trámite un recurso de Ecologistas en Acción contra la aprobación del Plan del Júcar

Ecologistas en Acción ha preparado el escrito de la demanda centrándose en los incumplimientos ambientales del Plan: diferimiento en el tiempo al 2027 de los principales objetivos, falta de definición de los caudales ecológicos en la mayor parte de las masas de agua, la insuficiencia de caudales en cantidad y calidad, asignados a la Albufera de Valencia y la asignación de caudales superior a los recursos existentes, lo que consolida una situación de sobreexplotación de los recursos superficiales y subterráneos.

La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción contra el Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprobaba el Plan Hidrológico de la cuenca del Júcar y publicado en el BOE del 12 de julio. Ese Plan de Cuenca que debería haber sido aprobado en 2009, y a pesar de que la Cuenca del Júcar, fue declarada Cuenca Piloto, de cara a la pronta implantación de la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre, Directiva Marco del Agua, finalmente ha sido uno de los últimos planes en aprobarse en todo el Estado. La Comisión Europea ha abierto un expediente sancionador al Reino de España por ese retraso en la aprobación de los planes de cuenca, tras la interposición de varias denuncias, entre las cuales está la interpuesta por Ecologistas en Acción.

La Directiva Marco del Agua, cuyo objetivo central es la consecución del buen estado ecológico de todas las masas de agua en 2015, incluye la obligación de la puesta en marcha de un Programa de Medidas para alcanzar ese fin, que debiera haber estado operativo en diciembre de 2012. El Plan de la Cuenca del Júcar aprobado en julio de 2014 incumple en numerosos extremos la Directiva Marco del Agua, y los motivos de la interposición del recurso de Ecologistas en Acción son entre otros los siguientes:

a) Los objetivos ambientales del Plan son insuficientes y tardíos. La mayor parte de los Objetivos Ambientales del Plan se posponen al horizonte temporal de 2021-2027, no estando muy claras las justificaciones para ese retraso tan abusivo. Se aplican de forma generalizada e injustificada las excepciones al logro de los objetivos del buen estado de las masas de agua. De los 304 Objetivos Ambientales en las masas de agua tipo río, 133 tienen el horizonte del 2015, 34 el horizonte del 2021 y 137 el horizonte del 2027 !!. O sea un 56% tienen un horizonte superior a una década. En las masas de agua tipo lago las perspectivas no son mejores: de las 19 masas 7 tienen el horizonte de 2015 y 12 el horizonte de 2027 (entre ellas la Albufera, el Marjal de Almenara, el Marjal dels Moros y el Marjal de la Safor). En las 90 masas de agua subterráneas 50 masas tienen el horizonte de 2015, 7 el horizonte de 2021 y el resto 30 masas el horizonte de 2027 (incluyendo aquí el acuífero de la Mancha Oriental). O sea, el 41% tienen el horizonte superior a una década. Si computamos globalmente, de las 438 masas de agua de la demarcación, 202 masas, el 46,5% tienen un horizonte inmediato (2015) y ya están en buen estado ecológico ahora, y el resto que son la mayoría (53,5%) un horizonte lejano de más de una década.

b) No se define el régimen de caudales ecológicos en todas las masas del agua y la metodología utilizada es errónea. Se establecen caudales ambientales para 33 masas de agua tipo río en diferentes tramos, de las 133 masas de agua tipo río existentes. Para 25 ríos esa exigencia será vigente en 2015. Para 8 ríos se pospone ese caudal al 2021, con la excusa de la necesidad de una previa instalación de una estación de aforo. O sea, solamente se definen caudales ecológicos para el 25% de los ríos en el horizonte de 2021. Se deja para futuras revisiones del Plan el establecimiento de caudales ecológicos en todas las masas de agua tipo río. No se establece ningún requerimiento hídrico proveniente de aguas subterráneas para las zonas humedas de la Mancha (Laguna del Acequión-Albacete, Laguna de los Ojos de San Jorge-Albacete, etc), y es muy escaso para las zonas húmedas del País Valenciano (41,3 hm3 para la Albufera, 7,5 hm3 para la Marjal Pego-Oliva).

Se rebaja el límite inferior de los caudales mínimos en las masas de agua “muy modificadas”. Esos caudales dificilmente podrán contribuir a su buen estado o buen potencial ecológico, especialmente en los espacios de la Red Natura 2000 o humedales del Convenio de Ramsar. Para esas masas se rebaja el Hábitat Potencial Útil del 50% al 30%. En el Anejo 5 de Caudales Ecológicos se utiliza un concepto “masas muy alteradas hidrológicamente” que no tiene correspondencia legal con la Directiva Marco del Agua.

c) La Albufera de Valencia. Los aportes de agua que aparecen en la Normativa al Lago de la Albufera son insuficientes (167 hm3 como “necesidades”, frente a los aportes de 100 hm3 del anterior Plan), como lo afirman numerosos estudios realizados por especialistas, Universidades y Administraciones (se exigía un mínimo asegurado de 250 hm3, con una concentración de fósforo de 0,047 mg/l). Esos 167 hm3 son las aportaciones al lago en los años de sequía extrema (1994).

Como asignaciones en la Normativa del Plan aparecen caudales ambientales de invierno (33 hm3; 29 hm3 de la C.R. de Sueca y 4 hm3 de la C.R. de Cullera) y 41.3 hm3 de aguas subterráneas (imposibles de controlar). De ahí (74,3 hm3) hasta 167 hm3 vendrán de los retornos agrarios y de las EDAR (Pinedo), o sea 92,7 hm3 de aguas, en algún caso de ínfima calidad. No se define la calidad química de esos aportes. Ya el Plan avisa de que es posible que esos caudales ni tan siquiera lleguen a la Albufera (art. 17.5 de la Normativa, para lo cual se “ejecutarán actuaciones” para “atender las necesidades hídricas del lago”). No se especifican esas actuaciones y de dónde procederán esos caudales no contemplados en las asignaciones, y en detrimento de qué otra asignación.

El objetivo ambiental de la Albufera se definió en el último momento (no estaba en el Proyecto de Plan sometido a información pública), y supone en 2021 una concentración de clorofila de 90 microgramos/l (estado ecológico malo) y 30 microgramos/l (estado ecológico aceptable) en 2027, frente a los 100 microgramos/actuales. Además la Normativa limita el contenido de fósforo de las aguas residuales aportadas al Lago en 0,6 mg/l (casi 13 veces superior a lo recomendado por los especialistas). Esos objetivos son muy limitados, lejanos en el tiempo y suponen condenar a una muerte segura y lenta al Lago de la Albufera.

d) Las asignaciones superan los recursos reales. Los recursos totales de la cuenca del Júcar son 2.302,1 hm3, sumando los recursos convencionales a los no convencionales (desalación, reutilización y recursos externos). Las asignaciones suman un total de 2.284,67 hm3. Parece que las asignaciones cuadran con los recursos. Sin embargo si analizamos los 9 diferentes Sistemas de Explotación los desequilibrios son más evidentes. En el Sistema Júcar las asignaciones suman un total de 1341,2 hm3 y los recursos son de 1176 hm3. No se contabilizan las asignaciones de los ríos Magro y Albaida, que no se cuantifican en la Normativa. En el Sistema Palancia-Los Valles las asignaciones suman un total de 68,6 hm3 y los recursos son de 60,4 hm3. Es decir se han asignado recursos en el papel que no existen en la realidad, lo que consolida la situación generalizada de sobreexplotación de los recursos hídricos.

Ecologistas en Acción en este recurso judicial tiene el apoyo y la solidaridad de otros colectivos y de la sociedad civil valenciana (Xúquer Viu, AEMS-Ríos con Vida, GECEN, Mesa pel Xúquer, etc), que comparten el objetivo de conseguir el buen estado ecológico de nuestros ríos, lagos y aguas subterráneas.

ENLACE A NOTICIA: http://www.ecologistasenaccion.org/article28781.html

Continuar leyendoAdmitido a trámite un recurso de Ecologistas en Acción contra la aprobación del Plan del Júcar
Lee más sobre el artículo Presentadas alegaciones al Plan del Júcar
PDF - 175.6 KB

Presentadas alegaciones al Plan del Júcar

  • La protección de la naturaleza y el sentido común ausentes en la propuesta del nuevo plan del Júcar
  • Más trasvases, más explotación sin freno y más obras de nula utilidad social
PDF - 175.6 KB
Alegaciones al Plan del Júcar

Desde el pasado mes de agosto y hasta el presente mes de febrero de 2014 ha sido sometido a consulta pública la «Propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico» de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (DHJ). Después del correspondiente estudio de los documentos presentados, la Asociación para la Conservación de los Ecosistemas de La Manchuela (ACEM) y Ecologistas en Acción de Albacete han formulado alegaciones:

1) Si los recursos de agua en régimen natural son cada vez menores, necesariamente deben reducirse los usos que hasta ahora se están produciendo. Justo lo contrario de lo que propone el Plan.

2) Solicitamos la inclusión de nuevas zonas húmedas a la hora de estimar las restricciones medioambientales en las masas de agua subterráneas. Se trata de humedales que se secaron en la década de los años 70 del pasado siglo, por la conjunción de labores expresas de desecación y la caída de los niveles piezométricos de las masas de agua subterráneas.

3) Pedimos la ampliación de las zonas protegidas para baño, incluyendo el tramo completo de los ríos Júcar, Cabriel, Valdemembra, Lezuza y Jardín, pues históricamente, los habitantes de sus municipios ribereños y aledaños han utilizado sus aguas para el baño, hasta que la contaminación, la merma de caudal y/o las variaciones bruscas de caudal lo impidieron.

4) Es preciso aumentar y garantizar los aportes hídricos a humedales, manantiales y fuentes en el Proyecto de Plan Hidrológico de la DHJ, así como establecer mayores niveles de protección. Las restricciones ambientales que establece el mismo son insuficientes para garantizar el buen estado ecológico de estos pequeños espacios del agua.

5) Hay que eliminar las prórrogas y los objetivos menos rigurosos para alcanzar el buen estado cuantitativo y cualitativo de determinadas masas de agua subterránea. En las masas de agua subterránea 080.129 Mancha Oriental y 080.146 Almansa debería cumplirse en 2020 el buen estado cuantitativo y cualitativo, no estando justificada su prórroga hasta el año 2027.

6) Hay que aumentar la relación de masas de agua subterránea en mal estado que contiene el borrador del proyecto de Plan Hidrológico de la DHJ. No se puede resolver de manera optimista sobre la situación de determinadas masas de agua, aduciendo falta de datos y por tanto “ocultando” problemas ciertos como el descenso de niveles piezométricos que se puede constatar por otras vías.

7) Hay que desestimar la realización del proyecto de obras de “Abastecimiento desde la ETAP del Picazo” a los municipios de La Manchuela de Albacete y Cuenca. La mejor garantía de dicho abastecimiento son las abundantes aguas subterráneas que en general tienen todos los municipios de la zona. Por eso, su cuidado, y la revitalización de multitud de usos humanos asociados a sus fuentes y manantiales, son la mejor manera de conservar los recursos de agua autóctonos, y por tanto, la justificación para abandonar megaproyectos como este. Pero la alternativa de gestionar mejor lo propio, aun siendo la más barata y la mejor para el territorio y para la mayoría de sus habitantes, no es la más rentable para los potentes grupos de presión interesados en manejar grandes presupuestos de obras y proyectos de gestión centralizada de servicios públicos a través de multinacionales privadas. A este respecto hay que recordar que la Asociación para el Desarrollo de La Manchuela (ADM), entidad que agrupa a 25 municipios de La Manchuela de Albacete supuestamente “beneficiados” por el Proyecto, presentó el pasado mes de junio de 2010 alegaciones al Esquema Provisional de Temas Importantes de la DHJ, y en lo que se refería al Proyecto que nos ocupa, mostraba su absoluto rechazo al mismo.

8) Habría que aumentar los caudales mínimos del río Júcar en la salida del Embalse de Alarcón y en el Puente Carrasco (La Roda), pues los que actualmente establece la Memoria del Proyecto de Plan Hidrológico de la DHJ establece un caudal mínimo absolutamente insuficiente para el río Júcar. En vez de 2 m3/s en la salida de Alarcón, debería aumentarse a 3,5-4 m3/s. Por su parte, en Puente Carrasco, en vez de 0,6 m3/s debería aumentarse a 2,0-3,5 m3/s. Ello por entender que ambos puntos están íntimamente relacionados (desembalses de Alarcón y tramo de Madrigueras-Cuasiermas y Puente Carrasco), y que, en la situación actual de acuífero descolgado, un desembalse inferior a 3,5-4,0 m3 en Alarcón, no permitiría conseguir un caudal de 2,0-3,5 en las zonas referidas aguas abajo.

9) Recuperar los niveles piezométricos históricos del acuífero de la Mancha Oriental, para que todos los ecosistemas que se han degradado o desaparecido en este tiempo vuelvan a tener vida. Hay que elevar niveles piezométricos para que luego los drenajes naturales vuelvan a funcionar, recuperando así los ecosistemas perdidos años atrás.

10) El abastecimiento urbano de los municipios situados sobre el acuífero de La Mancha Oriental debería realizarse a partir de aguas subterráneas, por ser esta la forma más segura y menos costosa de garantizar el suministro. El posible abastecimiento con aguas superficiales debería reservarse a determinadas zonas de regadío cuyo interés social así lo aconsejara. La experiencia ha mostrado que las carísimas obras de traída de agua a Albacete desde el embalse de Alarcón más la potabilizadora que ha requerido por su insuficiente calidad, no han bastado para garantizar el suministro a la ciudad, que ha debido seguir echando mano de los tradicionales pozos. El problema es bien sencillo, se pretendía abastecer la ciudad de Albacete y su área metropolitana con aguas superficiales cada vez más escasas, y por lo tanto, susceptibles de no estar disponibles ante los tiempos que corren marcados por sequías permanentes. Cuidemos las aguas subterráneas y nunca pondremos en peligro el abastecimiento de agua a la población.

11) Eliminación de todos los trasvases de agua intercuencas hidrográficas naturales que actualmente tienen lugar en la DHJ. En concreto, deberían eliminarse los que tienen como cuenca origen de los recursos la del Júcar, con destino a las cuencas del Palancia, Turia y Vinalopó. Y ello con independencia del uso del agua trasvasada en las cuencas de destino. Los recursos que ahora se obtienen a partir de este trasvase deberían conseguirse mediante una adecuada conservación y reasignación de los recursos subterráneos y superficiales de las propias cuencas de destino.

ACEM y Ecologistas en Acción de Albacete, después de comprobar como la Confederación Hidrográfica del Júcar ha desestimado todas las alegaciones que ha presentado en fases anteriores del actual proceso de planificación, tienen escasas esperanzas de que la administración asuma estas nuevas alegaciones. Una nueva ocasión perdida para frenar e invertir la gravísima tendencia a la sobreexplotación de recursos hídricos en las cuencas del Júcar y el Cabriel que se prolonga desde hace cuatro décadas.

ENLACE A NOTICIA: http://www.ecologistasenaccion.org/article27317.html

Continuar leyendoPresentadas alegaciones al Plan del Júcar

Instan a la retirada del borrador de plan de cuenca del Júcar

Xúquer Viu, Federació d’Ecologistes en Acció del País Valencià, Acció Ecologista–Agró, AEMS–Ríos con Vida, WWF–València, Federación de Piragüismo de Castilla-La Mancha, Comissions Obreres del País Valencià manifiestan que el borrador de Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar sometido a consulta pública por la Confederación Hidrográfica del Júcar incumple de manera flagrante y sistemática la Directiva Marco del Agua (DMA), norma que se supone que ha de desarrollar.

Por una parte, el incumplimiento de los plazos establecidos por la DMA ha vaciado de eficacia el propio plan, cuyo periodo de vigencia debería haber sido 2009-2015. El borrador, actualmente en consulta pública de 6 meses, difícilmente podrá aprobarse antes del verano de 2014. En estos momentos se debería estar realizando la evaluación de los resultados alcanzados para, a finales de 2015, contar con un nuevo Plan que articule medidas de cara al logro de los objetivos ambientales establecidos por la DMA para el periodo 2015-2021.

Por otra parte, el contenido del borrador de Plan en consulta pública revela la incapacidad técnica y política de la administración para defender el interés común de los ciudadanos y articular un documento de planificación que cumpla con los objetivos y requisitos exigidos por la DMA, pues:

• el diagnóstico del estado actual y futuro de las masas de agua está seriamente sesgado, subestimando el grado de deterioro de las masas de agua: en las masas de agua superficiales los indicadores utilizados no evalúan la vida piscícola o los aspectos hidromorfológicos; en el caso de las subterráneas se toma como umbral para evaluar el estado cuantitativo el valor igual o superior a 1 del índice de explotación del recurso disponible, aunque la IPH establece que debería tomarse como referencia un umbral de 0,8 para índice de explotación del recurso disponible; y, tanto en las masas de agua superficiales como en las subterráneas no se ha analizado la presencia e importancia de sustancias tóxicas y peligrosas –como pesticidas, por ejemplo;

• el estudio de diagnóstico elude el análisis de las fuerzas motrices que, al ejercer presión sobre el medio acuático, deterioran su estado; este análisis es imprescindible en un plan de gestión de los usos del agua cuya finalidad –por Ley (DMA)- es la de conseguir el buen estado de los ecosistemas y el usos sostenible del agua;

• la determinación de los objetivos ambientales a alcanzar no están claramente definidos para las masas de agua y en casos tan paradigmáticos como el de l’Albufera de València ni siquiera se ha determinado –se da carpetazo con una reserva de agua claramente insuficiente y de calidad inadecuada-, a pesar de existir ingente bibliografía científica publicada y financiada con fondos públicos en la que se definen las características y funcionamiento de dicho ecosistema en condiciones de buen estado;

• no existe relación causal entre las medidas propuestas y los objetivos de la planificación, de manera que no es posible realizar una evaluación y seguimiento de las primeras en relación con su eficacia para alcanzar los segundos (por ejemplo, entre el régimen de caudales mínimos establecido y el estado ecológico de las masas tipo río o la reducción de extracciones para la recuperación en un horizonte determinado de los niveles piezométricos en acuíferos físicamente sobreexplotados);

• el logro de los objetivos de buen estado de casi la mitad de las masas de agua se pospone al horizonte 2027, sin indicar las medidas y el calendario de aplicación previsto para efectivamente lograrlos en esa fecha (ver Gráficos 1, 2 y 3 en el Anexo);

• buena parte de las masas de agua tipo río para las que la administración no se plantea lograr el buen estado forman parte de espacios teóricamente protegidos por la legislación ambiental (incluidos en Red Natura 2000, fuentes de agua para abastecimiento a poblaciones, etc.), propiciando la continuidad de su situación de deterioro, e incumpliendo, con ello, dichas normas legales tanto nacionales como europeas vigentes con anterioridad a la propia DMA (ver Gráficos 4 y 5 en el Anexo);

• no se plantea la aplicación de buena parte de las medidas de protección o recuperación ambiental del programa de medidas, incluyendo medidas básicas que no son susceptibles de excepción a su aplicación –por ejemplo, el régimen ecológico de caudales, las medidas para eliminar la contaminación por nitratos (en zonas vulnerables) o fósforo (en zonas sensibles)-, en el periodo de vigencia del plan; dichas medidas se posponen al periodo 2015-2021 o 2021-2027, lo cual no deja de ser sorprendente teniendo en cuenta que el plan tiene como horizonte de vigencia 2015 y debe ser revisado y reelaborado para los periodos posteriores;

• el análisis de la eficacia de las medidas incluidas en el plan es contradictorio con los resultados que se pretenden alcanzar, incluso cuando los objetivos se plantean a 14 años vista, como es el caso de la medidas previstas en relación con el acuífero de la Mancha Oriental que en el propio documento se reconoce que no se alcanzará el buen estado cuantitativo ni siquiera en 2027 (Anejo Sistemas de Explotación y Balances del borrador del PHCDHJúcar);

• se analiza una selección arbitraria e incompleta de medidas –que nunca se discutieron en el proceso de participación asociado a la planificación, en contra del propio Proyecto de Participación Pública establecido por la CHJ- que al ser insuficientes para alcanzar los objetivos de buen estado establecidos por la DMA, resulta en una rebaja del nivel de exigencia de los objetivos de calidad ambiental –como es el caso de las medidas analizadas para reducir la contaminación por nitratos producida por la agricultura intensiva en las Planas de Castelló y Valencia, a cuya recuperación de la calidad química la administración renuncia, a pesar de ser la principal fuente de abastecimiento de agua para miles de personas, como los pueblos de la Ribera del Júcar dependientes del acuífero de la Plana Sur de Valencia y Serra de les Agulles;

• la implementación arbitrariamente parcial de medidas como es el caso del régimen de caudales ecológicos –en contra de lo establecido en la Ley de Aguas y normativa que la desarrolla-, del que sólo se define la componente de caudales mínimos –para evitar que los ríos se vean secos- pero se obvia el resto de componentes (caudales máximos que no han de sobrepasarse, especialmente en verano; tasas de cambio de caudales que han de respetarse sobre todo en el manejo de embalses hidroeléctricos; y caudales de crecidas, para mantener la conectividad transversal y la dinámica de sedimentos) que son vitales para lograr mejorar el hábitat de las especies de flora y fauna autóctona y minimizar la incidencia de las especies invasoras.

• se realiza una aplicación del principio de recuperación de los costes muy limitada y deliberadamente contraria al criterio de “quien contamina, paga”, establecido por la DMA, flagrante, por ejemplo en el caso de los abastecimientos de agua a población en la Ribera del Júcar en los que los costes, tanto de falta de abastecimiento como de las alternativas propuestas, corren a cargo de los usuarios urbanos y no de los causantes de la contaminación.

En síntesis, este plan no aborda cuestiones importantes y candentes como la contaminación difusa por pesticidas y nitratos en las masas de agua subterránea, los permisos de estudio e investigación utilizando técnicas de fracking, o la recuperación del buen estado (cuantitativo y/o químico) de las masas de agua subterráneas que están sobreexplotadas (por ejemplo, Mancha Oriental, Plana Sur de Valencia, Serra de les Agulles, acuíferos del Vinalopó, entre otros). Además presenta un régimen ecológico de caudales incompleto y claramente insuficiente y no presta atención a la recuperación de la calidad hidromorfológica de los ecosistemas fluviales (en particular, la recuperación de la conectividad fluvial por eliminación de azudes en desuso). Por otra parte, falta de determinación de los objetivos ambientales así como de fundamentación de los volúmenes de agua asignados a l’Albufera de València. Asimismo, no garantiza la aplicación de la prioridad máxima de asignación de agua de buena calidad al abastecimiento a poblaciones –en la Ribera del Júcar habrá que comprarla a los regantes- y carece de medidas de recuperación de los costes por parte de los usuarios de acuerdo con el principio “quien contamina, paga”. Además sobreestima los recursos hídricos en los escenarios de cambio climático en el horizonte 2030.

El borrador de Plan Hidrológico sigue apostando en el futuro por trasvases de agua entre cuencas hidrográficas diferentes, lo que supone el incumplimiento del principio de unidad de cuenca en la planificación hidrológica. Siendo especialmente grave en este caso, donde la cuenca origen de los recursos, la del Júcar, se encuentra en un estado ecológico muy deficiente. Por lo tanto, los trasvases de agua de la cuenca del Júcar a las cuencas del Palancia, Turia y Vinalopó deberían tender a su progresiva reducción, y los usos que ahora se satisfacen con aguas del Júcar deberían ser revisados y tender a su satisfacción mediante una adecuada recuperación, conservación y reasignación de los propios recursos de estas cuencas.

El Plan Hidrológico que ha salido a información pública sólo aspira a estabilizar los acuíferos, es decir, a que no sigan disminuyendo sus niveles piezométricos. Sin embargo, el objetivo de los Planes Hidrológicos según la Directiva Marco del Agua debe ser la recuperación del buen estado ecológico de los espacios del agua que tejen un entramado de vida desde las cotas más altas de los valles (próximas a la llanura) hasta los mismos cauces, y ello sólo será posible si se acomete una drástica reducción de los bombeos que permita el ascenso de los niveles piezométricos hasta el régimen natural, y como consecuencia de ello, vuelvan a brotar los manantiales y fuentes que se han secado en los último tiempos. Es esta una carencia esencial del Plan. Ante esta situación nos preguntamos cuál ha sido el papel de los responsables técnicos en la redacción de este borrador y cómo se ha desarrollado la documentación técnica para acomodarla a los deseos políticos. En todo caso lamentamos profundamente que no hayan imperado las consideraciones profesionales y el cumplimiento de la legislación vigente.

El borrador de Plan sometido a consulta es el resultado de negociaciones opacas entre los principales usuarios privativos (regantes e hidroeléctricas), gobiernos autonómicos de Castilla La Mancha y la Generalitat Valenciana y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de espaldas a la participación pública, en contra de lo exigido por la DMA. En más de 4 años (2009-2013) no se convocó a los órganos de participación de la Confederación Hidrográfica del Júcar ni se llevaron a cabo actividades de participación pública activa –mesa de participación, comisiones territoriales por cuencas, foro de participación- en relación con la elaboración del Plan, hurtando a las entidades representantes de intereses comunes y sociales (interés ambiental, usos comunes y sociales de los espacios de agua, etc.) la posibilidad de intervenir en dicho proceso. La fase final de cierre negociado entre los grandes usuarios y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del borrador ahora en consulta no hace más que abundar en la falta de interés mostrado por la administración hacia la participación y los intereses de la sociedad civil.

En definitiva, el borrador de Plan del Júcar sometido a consulta viene a bendecir el statu quo logrado en 1997 por los principales usuarios privativos de la Demarcación para el reparto del Júcar con el beneplácito de los respectivos gobiernos autonómicos, a costa del mal estado de los ríos, acuíferos y zonas húmedas de la cuenca y del bolsillo de los ciudadanos, en general, y de los usuarios domésticos, en particular, que subvencionan al resto de usuarios privativos. Después de 16 años se vuelve a incurrir en el mismo error de reconocer derechos de uso y repartir más agua de la existente, tirando balones fuera, invocando el mantra de los trasvases del Plan Hidrológico Nacional mientras se obvian todas las medidas de control y reducción de demandas, repercusión de costes asociada al deterioro generado, o sustitución de recursos sobreexplotados por los recursos generados en desalación o reutilización. El programa de medidas sigue en la tónica del catálogo de obra pública subvencionada para incrementar la oferta de recursos hídricos en beneficio de usuarios privados que en muchas ocasiones han esquilmado el dominio público hidráulico. Las medidas de gestión para actuar sobre las fuerzas motrices que causan las presiones e impactos que afectan a las masas de agua y los ecosistemas a ellas asociados brillan por su ausencia, así como la coordinación entre autoridades competentes de distintos niveles de la administración y en las diversas políticas sectoriales (ordenación del territorio, industria, energía, agricultura, etc.) para llevarlas a cabo.

Por todas estas razones las organizaciones firmantes rechazamos el presente borrador de Plan y exigimos al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente la retirada de dicho borrador y la apertura de un proceso transparente y participado de elaboración de un plan que contemple un programa de medidas que aplique la Directiva Marco del Agua y cumpla con la demás normativa europea en materia de protección ambiental. Así mismo, como medida de transparencia y deontología profesional, exigimos a la administración que la documentación oficial incluya la identificación de los responsables técnicos de la elaboración de la documentación técnica del plan así como una declaración de responsabilidad profesional de cada uno de ellos sobre los contenidos del plan de los que hayan estado encargados. Las organizaciones firmantes estamos vigilantes y desde una postura de responsabilidad ciudadana y social denunciamos aquí, como denunciaremos en todas las instancias públicas, administrativas y jurisdiccionales a nuestro alcance -nacionales y europeas-, los incumplimientos de las administraciones competentes de la legislación por cuyo cumplimiento han de velar.

Organizaciones firmantes de este documento:
Acció Ecologista-Agró
ACEM–Ecologistas en Acción de La Manchuela
AEMS–Ríos con Vida
Federació d’Ecologistes en Acció del País Valencià
WWF–València
Xúquer Viu
Federación de Piragüismo de Castilla- La Mancha
Comissions Obreres del País Valencià

ENLACE A NOTICIA ORIGINAL: http://www.ecologistasenaccion.org/article26756.html

Continuar leyendoInstan a la retirada del borrador de plan de cuenca del Júcar