Acierto de la Justicia valenciana: Sin agua no hay urbanizaciones

El TSJ resolvió suspender un plan urbanístico en el pueblo valenciano de Ador por no acreditar el suministro de agua, un proyecto en junio aprobado por la Consejería de Territorio de la Generalitat y recurrido por la Confederación Hidrográfica del Júcar, según informa El País.

La decisión de este tribunal afecta a más de una docena de planes urbanísticos similares al de Ador, entre éstosse encuentran el polémico Manhattan de Cullera (con 35 rascacielos en la desembocadura del Jucar) y el plan de Porxinos en Riba-Roja (está prevista la construcción de 2.700 viviendas junto a la ciudad deportiva del Valencia CF) que supuso la imputación del alcalde y dos concejales del PP por supuestos delitos urbanísticos.

El tribunal dictamina que «las Administraciones tienen el deber de exigir, y las entidades colaboradoras o empresas deben emitir informe razonado sobre la existencia de agua, tipo, calidad, disponibilidad presente o futura, necesidad o no de tratamiento y obras de infraestructura necesarias», todo ello conforme a la legislación estatal y autonómica. «La sala no va a dar por válidos informes que no se ajusten a los parámetros que se acaban de citar, ni al organismo de cuenca ni a las entidades colaboradoras o empresas».

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha establecido que no es posible aprobar ninguna urbanización sin que se haya acreditado que tiene el agua garantizada. Así lo señala un auto de la sala de lo contencioso del TSJ que resuelve suspender un plan urbanístico en el pueblo valenciano de Ador, aprobado por la Consejería de Territorio de la Generalitat y recurrido por la Confederación Hidrográfica del Júcar. La decisión judicial afecta a otros grandes planes urbanísticos recurridos, como el Manhattan de Cullera o un proyecto del Valencia CF.

       

      En un auto comunicado a las partes ayer, el TSJ acuerda suspender el proyecto urbanístico de Pinaret en el pueblo valenciano de Ador, tal y como solicitaba la Confederación Hidrográfica del Júcar por no estar acreditado el suministro de agua. La decisión judicial deja en suspenso el acuerdo de la Consejería de Territorio del Gobierno valenciano que permitió el pasado mes de junio la aprobación de este proyecto urbanístico.

      La doctrina del tribunal afecta a más de una docena de planes urbanísticos aprobados por la Generalitat valenciana y que han sido recurridos por la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Delegación del Gobierno con idénticos argumentos. Entre estos planes recurridos por el Estado están el polémico Manhattan de Cullera -que prevé la construcción de 35 rascacielos en la desembocadura del Júcar- y el plan de Porxinos en Riba-roja -en el que se prevén 2.700 viviendas junto a la ciudad deportiva del Valencia CF y que ha supuesto la imputación del alcalde y dos concejales del PP por supuestos delitos urbanísticos-.

      «La sala entiende como principio que la empresa que propone un instrumento de planeamiento debe acreditar prima facie que cuenta con recursos hídricos para dicho plan [urbanístico]», señala el auto, que advierte que sin esa acreditación necesaria «podemos encontrarnos en un futuro que se haga una urbanización y no cuente con agua».

      El deber de exigir

      El tribunal dictamina que «las Administraciones tienen el deber de exigir, y las entidades colaboradoras o empresas deben emitir informe razonado sobre la existencia de agua, tipo, calidad, disponibilidad presente o futura, necesidad o no de tratamiento y obras de infraestructura necesarias», todo ello conforme a la legislación estatal y autonómica.

      La determinación del TSJ queda patente al afirmar: «La sala no va a dar por válidos informes que no se ajusten a los parámetros que se acaban de citar, ni al organismo de cuenca ni a las entidades colaboradoras o empresas».

      Respecto al caso concreto planteado en el pueblo valenciano de Ador, gobernado por el PP, el TSJ da la razón a la Confederación Hidrográfica del Júcar, que emitió un informe negativo por considerar que los datos relativos al suministro de agua aportados por la empresa promotora no permitían emitir un dictamen.

      El TSJ afirma que el informe de la empresa que avala la urbanización en Ador «omite todos los datos esenciales», entre ellos la titularidad del pozo con el que se pretende dar servicio a la urbanización y la calidad de las aguas destinadas a consumo humano. Situación que no impidió que la Consejería de Territorio diese luz verde al proyecto.

      El consejero de Territorio, el popular Esteban González Pons, rebuscó en el texto del auto para encajar de la mejor manera posible la sentencia contraria del TSJ, que deja en suspenso una decisión de su departamento.

      González Pons manifestó que la decisión judicial avala la posición del Gobierno valenciano, que entiende que los informes de las confederaciones hidrográficas de cuenca sobre la existencia de recursos hídricos no son vinculantes para la consejería. El auto del TSJ indica que los informes de las cuencas no son vinculantes, aunque sí son preceptivos.

      El consejero acusó a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana de utilizar las confederaciones hidrográficas «con fines políticos» para castigar a los ayuntamientos gobernados por el PP. El subdelegado del Gobierno en Valencia, Luis Felipe Martínez, manifestó su «extrañeza» por la interpretación hecha por el consejero.

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