La Confederación del Júcar revisa los pozos de riego sospechosos y clausura los no legalizables

La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) está revisando los pozos de riego agrícola que considera que se encuentran en situación sospechosa, es decir, no acorde con la legalidad, y en algunos casos está comprobando que así es, por lo que obliga a sus dueños a renovar los expedientes de concesión de agua, ajustándose a la normativa. Los propietarios a quienes se les descubren irregularidades en sus perforaciones, o en el uso del agua, pueden ser sancionados y deben regularizar su situación, pero los pozos con anomalías más graves, que resultan no legalizables, son clausurados.

A punto de completarse el proceso definitivo de inscripción en el Catálogo de Aguas Privadas de los pozos de riego que solicitaron en su día tal inclusión, por existir desde antes de la nueva ley de Aguas (en vigor desde el 1 de enero de 1986), las inspecciones -y las posibles sanciones- se centran ahora sobre todo en perforaciones que se autorizaron en su día para extraer un máximo de 7.000 metros cúbicos de agua al año.

Esta modalidad ha sido muy utilizada para realizar pozos y disponer de agua con cierta rapidez, puesto que se trata de caudales pequeños y la ley prevé para estos casos procedimientos de solicitud y autorización bastante simplificados, que se resuelven en pocas semanas. Sin embargo, la Administración hidrológica ha comprobado que esta parte de la normativa se ha había convertido en una especie de coladero para tratar de consumar situaciones que no se ajustaban a lo solicitado y previsto sobre el papel.

Ante la lentitud y las trabas administrativas para conceder permisos de pozos, empresas de perforación y gestores de tal materia recomendaron durante tiempo a sus clientes seguir este procedimiento para disponer con rapidez de agua para sus explotaciones agrarias, granjas, casas de campo, industrias, etc. En unos casos, los hechos se ajustaban a lo pedido, pero en otros no. Los usuarios seguían el camino señalado por amigos, conocidos o los mismos perforadores e invirtieron en las obras para asegurarse con rapidez el duficiente suministro de agua. La realidad fue que se consolidó una extendida irregularidad, que ahora está en fase de revisión.

Los pozos con una concesión máxima anual de 7.000 metros cúbicos de agua, además de esta limitación tienen otra muy importante: los caudales extraídos no pueden salir fuera de la parcela catastral donde está ubicada la perforación. Como la mayoría de ellos se hicieron para regar cultivos agrícolas (naranjos, principalmente), abundan las situaciones en las que el agua se emplea para regar en otras parcelas distintas, lo que es fácilmente comprobable por parte de los inspectores de la Confederación.

Los 7.000 metros cúbicos dan para regar poco más de una hectárea durante un año y un elevado porcentaje de las parcelas catastrales de las zonas de regadío suelen tener menos de una hectárea, así que, una de tres, o se comprueba un consumo mayor a través del obligatorio contador de agua, o bien por las facturas del gasto eléctrico, o se verifica fácilmente que se riegan también parcelas distintas a la del pozo.

El recurso a las solicitudes de 7.000 metros cúbicos fue muy utilizado años atrás para disponer de agua rápida. Sus promotores pudieron pedir después la ampliación, de acuerdo con su realidad, pero tal vez las facilidades del proceso favorecieron que creyeran que ya estaba todo cumplimentado. Pero no es así. También se dan casos en los que se carece de documentación. Simplemente se hicieron los pozos, sin realizar ningún trámite, o sin pasar de su inicio.

Los propietarios de pozos con irregularidades de este tipo se enfrentan ahora a sanciones que pueden ser importantes (de varios miles de euros) y a realizar los trámites que obviaron en su día para legalizar su situación, pero los casos que no son legalizables terminan con la clausura de las perforaciones.

Una salvedad a toda esta problemática la constituyen pozos que tienen asignadas superficies de riego que cuentan a la vez con derechos de agua de otras comunidades de regantes, bien subterránea o superficial. En estos casos, la CHJ considera que hay una «duplicidad de caudales» que no debe consentir y obliga a los agricultores a que elijan de dónde quieren regar y que renuncien a lo demás. Sin embargo, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) reclama a la autoridad hidrológica que comprenda que no hay duplicidad, porque nadie riega dos veces seguidas el mismo campo, y que si alguien tiene derechos de más de una fuente es porque los paga, para asegurarse el riego en casos de averías o sequías.

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