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El agua un bien valioso y escaso

La reserva de agua del Ebro del Estatuto aragonés es legal

El Tribunal Constitucional ha dictaminado que los artículos del Estatuto de Aragón referentes al agua son constitucionales. Incluso avala la mención a una reserva de 6.550 hectómetros cúbicos del Ebro como reserva exclusiva para los aragoneses. Pero lo hace porque considera que no es ninguna reserva vinculante, sino una mera orientación vacía de contenido. Ese punto, el más polémico del Estatuto, sigue sin ser aplicado por la dificultad material que conlleva, ya que la cuenca del Ebro afecta a nueve comunidades autónomas.

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        El problema del agua

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      El alto tribunal sigue analizando todos los estatutos de autonomía que la pasada legislatura entraron de lleno en materia de agua y dieron la vuelta a la gestión de décadas, según la cual los ríos que afectan a varias autonomías son competencia estatal. El pasado marzo declaró inconstitucional la parte del Estatuto andaluz que atribuía a la región la gestión del Guadalquivir pese a que la cuenca incumbe a cuatro autonomías.

      Ahora, el Constitucional ha desestimado el recurso de La Rioja contra dos artículos y una disposición adicional del Estatuto de Aragón, aprobado por unanimidad en 2007. La comunidad vecina reclamó que se anulara la disposición que establece que en la planificación hidrológica se concretarían los abastecimientos necesarios para Aragón de acuerdo con una resolución autonómica de 1992 que «establece una reserva de agua para uso exclusivo de los aragoneses de 6.550 hectómetros cúbicos». Ese volumen es seis veces superior al derogado trasvase del Ebro a Barcelona y Levante.

      Competencia estatal

      La sentencia recuerda que, según la Constitución, corresponde al Estado la «legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma». El tribunal interpreta que esa «reserva de agua de 6.550 hectómetros cúbicos no constituye necesariamente una regulación prescriptiva que se le imponga por el Estatuto al legislador estatal», sino que es algo indicativo para el Gobierno.

      El Abogado del Estado hizo una interpretación similar al afirmar que esa reserva debe interpretarse como «una orientación solo vinculante para los representantes de la comunidad autónoma aragonesa», pero que en nada afecta al Ministerio de Medio Ambiente.

      La reserva exclusiva es una reivindicación histórica de todos los partidos de Aragón, que quieren ampliar regadíos polémicos en zonas como el desierto de Los Monegros. Pero la cifra de 6.550 hectómetros, fijada en 1992, choca con la realidad de las infraestructuras. En Aragón solo hay capacidad para embalsar 4.429 hectómetros, así que ni con todos los embalses al 100% se cumpliría.

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