Opinión: Sentencia sobre el agua

JOSÉ MIGUEL GONZÁLEZ MORAGA

Si uno busca modelos de gestión en los ayuntamientos, encontrará de todas clases, independientemente del color político de quien gobierne. Hay ayuntamientos del PP que optan por la gestión municipal, como los hay del PSOE que optan por la gestión indirecta. Igual pasa con los pocos de IU. No es cuestión de ideología, sino de decisión.

En 1997, un gobierno del PP optó por una concesión administrativa para el servicio del ciclo integral del agua. Años antes, otro gobierno municipal, esta vez del PSOE, había optado por este tipo de gestión en la lectura, cobro y facturación de los recibos del agua. Era una decisión legítima y enmarcada en lo que viene siendo habitual en la mayoría de ayuntamientos de España, tanto de un color como de otro.

Se redactó un pliego de condiciones y se sacó a concurso, garantizando la publicidad y libre concurrencia. Acudieron cinco empresas, se valoraron sus ofertas y se adjudicó a Aquagest. Ninguna empresa reclamó. Sí lo hicieron en el PSOE, a los que no se les dio la razón, y los tránsfugas de IU, no porque el servicio no podía o debía ser gestionado indirectamente, sino argumentando que se valoraba la experiencia y no debería hacerse. Los tribunales primero fallaron a su favor y el Supremo ahora lo ha confirmado. No se puede valorar la experiencia en un pliego de condiciones y por lo tanto la concesión adjudicada en su día queda anulada.

Sorprende la alegría del Alcalde, como si la sentencia la hubiera ganado su grupo. Como sorprende que el Ayuntamiento por él gobernado haya seguido incluyendo la experiencia como concepto a valorar en numerosos concursos, con la ventaja de que a nadie se le ha ocurrido acudir a los Tribunales por ello. Pero más llamativo es que IU no pida la ejecución de la sentencia «por responsabilidad política», a buenas horas mangas verdes. Aunque esa decisión tiene poca importancia ahora, ya que el PP tiene actualmente en los Tribunales un procedimiento contra la prórroga de la concesión del ciclo integral del agua por veinticinco años más, a partir de que finalice la actual (dentro de quince años), la cual acaba de ser anulada. Seguramente muchos se preguntarán: ¿Cómo se puede prorrogar una concesión anulada por el Supremo?

Igualmente, desde el PP hemos recurrido la creación de una empresa mixta, que no municipal (Aguas de Albacete), a la que se ha traspasado la concesión anulada por la citada sentencia del Supremo, donde el Ayuntamiento ha comprado con dinero de todos, el 26% de su capital con dos únicos objetivos. El primero hacer presidente de dicha empresa a Pérez Castell (otro cargo más en su currículum).

El segundo objetivo es el de engañar a los albaceteños, vendiéndoles que el Ayuntamiento ha recuperado el control público del agua. En todo caso cabría hacerse otra pregunta parecida a la anterior: ¿Cómo se puede traspasar una concesión anulada por sentencia del Supremo?

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