Con la reforma del Código Penal ¿llegará un cambio para la tipificación de los delitos en el campo?

LA UNIÓ insta a los grupos parlamentarios del Congreso a aprovechar el proceso de reforma que han iniciado del actual Código Penal para cambiar la tipificación de los delitos en el campo, puesto que ahora se deja en la indefensión más absoluta a los agricultores y ganaderos. En este sentido, ha remitido un detallado informe a todos los grupos para que se tengan en cuenta las demandas del sector agrario valenciano a este respecto.

El Congreso de los Diputados acaba de constituir la ponencia de la Comisión de Justicia encargada de la reforma del Código Penal, cuya intención es concluir el trámite parlamentario antes de julio. Esta reforma se centra fundamentalmente en el endurecimiento de las penas a los terroristas, la creación del delito de piratería y permitir que las personas jurídicas asuman responsabilidades penales; pero se olvida de la gravedad de los robos para el sector agrario muy castigado ya por los bajos precios que se perciben.

LA UNIÓ denuncia que en la actualidad la mayoría de los robos de cosechas, pozos y motores de riego, cobre, etc., que se cometen en el campo son considerados por el actual Código Penal como una mera falta de hurto que únicamente se castiga con una pequeña multa. Para que la sustracción en el campo merezca la consideración de delito de hurto, castigado con penas de prisión de uno a tres años, el valor de lo sustraído tendría que superar la cantidad de 400 euros. Por tanto, se pueden robar varias toneladas de productos agrícolas o el cobre de los motores de riego para al final quedar impunes tras pagar una pequeña multa administrativa, o ni tan siquiera eso.

El actual Código Penal califica como falta, y no delito, cualquier robo cuyo valor no exceda de la cantidad de 400 euros, lo que supone en la práctica una indemnización equivalente a lo sustraído con pena de 4 a 12 días o multa de uno a dos meses. Lo que sucede al final es que “los amigos de lo ajeno” se declaran insolventes para indemnizar por las cantidades sustraídas. En cuanto a la pena, cada día de multa se sanciona con entre 3 y 300 euros pero lo cierto es que se suele fijar una cantidad de entre cuatro y seis euros por día. Una multa por un mes saldría al infractor por una módica cantidad e incluso se le ofrecen facilidades para aplazar y fraccionar el pago.

El Código Penal tampoco castiga la reincidencia en el campo y de este modo un presunto delincuente podría cometer en el plazo de un año hasta cuatro robos y ser tipificado no obstante sólo como una falta siempre que la cuantía económica no supere esa cantidad de 400 euros. La picaresca por tanto funciona y esa cantidad actúa como apoyo para seguir reincidiendo.

Josep Botella, Secretario General de LA UNIÓ, cree que “es el momento oportuno para modificar el Código Penal por lo que se refiere a los robos de cosechas, porque lo que ahora tenemos nos deja en la más absoluta indefensión a los agricultores”.

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